Croacia

País: Croacia
Motocicletas - Vías urbanas: 50 km/h
Motocicletas - Vías no urbanas: 90 km/h
Motocicletas - Autovías: 130 km/h
Motocicletas - Autopistas: 130 km/h
Vehículos de menos de 3,5t - Vías urbanas: 50 km/h
Vehículos de menos de 3,5t - Vías no urbanas: 90 km/h
Vehículos de menos de 3,5t - Autovías: 130 km/h
Vehículos de menos de 3,5t - Autopistas: 130 km/h
Vehículos con remolques de menos de 3,5t - Vías urbanas: 50 km/h
Vehículos con remolques de menos de 3,5t - Vías no urbanas: 80 km/h
Vehículos con remolques de menos de 3,5t - Autovías: 90 km/h
Vehículos con remolques de menos de 3,5t - Autopistas: 90 km/h
Vehículos pesados de más de 3,5t - Vías urbanas: 50 km/h
Vehículos pesados de más de 3,5t - Vías no urbanas: 80 km/h
Vehículos pesados de más de 3,5t - Autovías: 90 km/h
Vehículos pesados de más de 3,5t - Autopistas: 90 km/h
Autobuses - Vías urbanas: 50 km/h
Autobuses - Vías no urbanas: 80 km/h
Autobuses - Autovías: 100 km/h
Autobuses - Autopistas: 100 km/h
El código en el plato: HR
Tasa máxima de alcoholemia - Tasa general: 0,5 ‰
Tasa máxima de alcoholemia - Conductores noveles: 0,0 ‰
Tasa máxima de alcoholemia - Conductores profesionales: 0,0 ‰
Ejecución de las luces: Luces de circulación diurnasObligatorias para motocicletas y ciclomotores
Obligatorias para los demás vehículos durante el horario de invierno (desde que se atrasan los relojes en otoño hasta que se adelantan en primavera)

Cinturones de seguridad

El uso de cinturones de seguridad y sillas infantiles es OBLIGATORIO.

Puede haber personas exentas por motivos médicos

Semáforos

Sin información

Casco de seguridad no obligatorio

Bicicletas (Obligatorio para menores de 16 años)

Casco de seguridad obligatorio

Ciclomotores
Motocicletas con/sin sidecar
Triciclos ligeros y pesados
Cuatriciclos ligeros y pesados

Elementos de seguridad para automóviles

Botiquín de primeros auxilios
Triángulo de señalización
Chaleco reflectante en el vehículo
Lámparas de repuesto (salvo en vehículos con lámparas de xenón, neón o LED)

Elementos de seguridad para ciclistas

Chaleco reflectante (de noche / con baja visibilidad)

Neumáticos de invierno

En las carreteras principales, el equipamiento de invierno es obligatorio entre el 15 de noviembre y el 15 de abril, con independencia de las condiciones meteorológicas.
Todos los vehículos de motor (que pesen menos de 3,5 t) deben utilizar neumáticos de invierno (M+S) en todas las ruedas, o neumáticos de verano con dibujo de profundidad mínima de 4 mm, además de llevar cadenas en el vehículo, listas para ser instaladas en las ruedas motrices.

Los autobuses y vehículos pesados de transporte de mercancías deben instalar cadenas o neumáticos de invierno (M+S) en las ruedas motrices.

En las demás carreteras, son obligatorios los neumáticos de invierno (M+S) o las cadenas en condiciones invernales (cuando hay nieve o hielo en la carretera).

Los autobuses y vehículos pesados de transporte de mercancías deben llevar cadenas o utilizar neumáticos de invierno (M+S) en las ruedas motrices.

No se permiten neumáticos con clavos.


fecha de la última modificación: 2015-09-03 10:58:04

Última actualización: 12/07/2015
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