El uso de cinturones de seguridad y sillas infantiles es OBLIGATORIO.
Los cinturones de seguridad no son obligatorios para:
- conductores de taxis y vehículos de alquiler en servicio
- vehículos de reparto que hagan paradas frecuentes
- al circular a paso de peatón
- vehículos de transporte autorizados a llevar pasajeros de pie
- personal operativo en autocares y autobuses
- pasajeros de autocares y autobuses que abandonen momentáneamente su asiento
Las sillas infantiles no son obligatorias para:
- vehículos de transporte autorizados a llevar pasajeros de pie
- vehículos sin espacio para una tercera silla infantil, si el niño (de más de tres años) ocupa un asiento trasero y lleva cinturón de seguridad
- los niños con discapacidades pueden llevar cinturones especiales.