El uso de cinturones de seguridad y sillas infantiles es OBLIGATORIO.
Los cinturones de seguridad no son obligatorios para:
- circular en marcha atrás o aparcar
- personas cuya morfología impida el uso del cinturón
- conductores de vehículos de servicios de urgencias o vehículos oficiales
- taxistas en servicio
- servicios regulares de menos de 100 km
- niños con discapacidades graves, siempre y cuando ocupen el asiento trasero
- niños que viajen en ambulancias o vehículos de seguridad pública, siempre y cuando ocupen el asiento trasero
- niños que viajen en taxi, siempre y cuando ocupen el asiento trasero