El uso de cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil es OBLIGATORIO.
Excepciones:
- al ir marcha atrás o supervisar a conductores en prácticas que van marcha atrás;
- vehículos utilizados por servicios de policía, bomberos y salvamento;
- pasajeros de vehículos comerciales al inspeccionar averías mecánicas;
- vehículos de reparto que hagan paradas cada 50 m o menos;
- taxistas con licencia que tengan la bandera levantada o lleven viajeros.
Excepciones médicas
Los médicos pueden dispensar a
sus pacientes de llevar cinturón. Para ello expedirán un certificado de
exención del uso obligatorio del cinturón de seguridad. El paciente
debe:
- llevar el certificado en el vehículo;
- enseñarlo a la policía si le da el alto.
Además, debe informar a su aseguradora.
Vehículos sin cinturones de seguridad
En vehículos no equipados DE FÁBRICA con cinturones de seguridad (por ejemplo, vehículos clásicos):
- no se permite llevar a niños menores de 3 años;
- los niños mayores de 3 años solo pueden viajar atrás.
Sistemas de retención infantil
- Los niños menores de 3 años deben utilizar un sistema de retención adecuado tanto al viajar delante como detrás.
Excepción: los niños menores de 3 años pueden viajar sin retención en taxis no equipados con estos sistemas.
- Los niños mayores de 3
años y hasta 135 cm de estatura o hasta 12 años de edad también deben
utilizar un sistema adecuado de retención infantil, tanto si viajan
delante como detrás.
Excepciones: al viajar en el asiento trasero:- de un taxi O
- de otro vehículo de motor, en recorridos cortos y en caso de necesidad imprevista, O
- de vehículos de
motor equipados con dos sistemas de retención que impidan instalar un
tercero, en cuyo caso el niño utilizará el cinturón de seguridad para
adultos.
- Los niños a partir de 12 años de edad o estatura superior a 135 cm deben utilizar cinturón de seguridad para adultos.